Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/558
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 558
Artículo 558 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.
Texto oficial
Artículo 558.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.