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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/558
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
558

Artículo 558 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido, porque fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si nunca hubiera existido. Así que no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo.

Texto oficial

Artículo 558.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 111) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.