- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 561
Artículo 561 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 561 ya no es válido, se quitó de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo está "derogado", significa que ya no tiene efecto, como si lo hubieran borrado. Por lo tanto, no aplica para nada ni debes tomarlo en cuenta en ningún trámite o situación legal. Es solo un registro de lo que alguna vez estuvo en la ley, pero hoy no sirve.
Texto oficial
Artículo 561.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.