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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 564
Artículo 564 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 564 ya no es válido. Fue eliminado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no existe en la ley.
Texto oficial
Artículo 564.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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