Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/587
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 587
Artículo 587 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley en mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene validez ni se puede aplicar. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este artículo, ya que no existe legalmente.
Texto oficial
Artículo 587.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.