Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/589
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 589
Artículo 589 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 589 ya no existe. Fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, por lo que no aplica ni tiene ningún efecto en la actualidad. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo se canceló y ya no es válido. No tienes que preocuparte por él porque ya no es parte de las reglas vigentes.
Texto oficial
Artículo 589.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.