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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 594
Artículo 594 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo, como si nunca hubiera existido. Fue cancelado oficialmente el 16 de mayo de 2016, según el Diario Oficial de la Federación (DOF). No tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 594.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.