Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/609
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 609
Artículo 609 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue cancelado o eliminado oficialmente. Desde el 16 de mayo de 2016, dejó de tener validez, por lo que ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 609.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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