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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/609
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
609

Artículo 609 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue cancelado o eliminado oficialmente. Desde el 16 de mayo de 2016, dejó de tener validez, por lo que ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 609.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 114) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.