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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 641
Artículo 641 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. Al estar "derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal. No importa lo que decía antes, ahora no hay que cumplirlo ni tomarlo en cuenta.
Texto oficial
Artículo 641.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.