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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 648
Artículo 648 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo está derogado, lo que significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Alguien lo eliminó oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por este artículo, porque no aplica para nada desde esa fecha.
Texto oficial
Artículo 648.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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