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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/648
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
648

Artículo 648 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo está derogado, lo que significa que ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Alguien lo eliminó oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por este artículo, porque no aplica para nada desde esa fecha.

Texto oficial

Artículo 648.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 117) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.