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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/678
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
678

Artículo 678 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada. "Derogado" significa que fue eliminado o cancelado oficialmente desde el 16 de mayo de 2016. Básicamente, ya no es una ley que debas seguir o te afecte de ninguna manera. Si ves este artículo en algún documento, ignóralo porque ya no tiene validez.

Texto oficial

Artículo 678.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 118) ↗

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