- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 687
Artículo 687 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, fue eliminado el 16 de mayo de 2016. Todo el capítulo que hablaba de la policía en las audiencias también se eliminó en esa fecha. Eso quiere decir que ya no hay que tomar en cuenta ninguna regla que estuviera ahí. En la práctica, solo debes saber que este artículo es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 687.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO IV De la policía de la audiencia (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.