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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/695
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
695

Artículo 695 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo solo dice que ya no existe. Está derogado, que es la forma legal de decir que quedó cancelado o eliminado desde el 16 de mayo de 2016. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por él ni tomarlo en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 695.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 119) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.