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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 695
Artículo 695 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que ya no existe. Está derogado, que es la forma legal de decir que quedó cancelado o eliminado desde el 16 de mayo de 2016. Por lo tanto, ya no tienes que preocuparte por él ni tomarlo en cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 695.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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