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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 708
Artículo 708 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no aplica. Cuando una ley dice “derogado”, significa que fue eliminado y ya no tiene validez. Ya no existe ningún derecho o castigo relacionado con ese artículo. Nada de lo que decía antes se usa actualmente.
Texto oficial
Artículo 708.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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