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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/708
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
708

Artículo 708 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no aplica. Cuando una ley dice “derogado”, significa que fue eliminado y ya no tiene validez. Ya no existe ningún derecho o castigo relacionado con ese artículo. Nada de lo que decía antes se usa actualmente.

Texto oficial

Artículo 708.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 120) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.