- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 715
Artículo 715 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 715 del Código de Justicia Militar fue eliminado oficialmente. Esto significa que ya no tiene ningún efecto legal, no hay que cumplirlo ni aplicarlo. Las fechas que aparecen son solo el historial de cuándo se hicieron cambios antes de que lo quitaran por completo en mayo de 2016. En pocas palabras, ese artículo ya no existe para la ley.
Texto oficial
Artículo 715.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-04-2012, 13-06-2014. Derogado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 121 de 158
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.