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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/728
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
728

Artículo 728 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Está derogado, lo que significa que fue cancelado y ya no tiene ningún efecto legal desde el 16 de mayo de 2016. No debes preocuparte por él ni aplicarlo, porque oficialmente fue eliminado del Código de Justicia Militar.

Texto oficial

Artículo 728.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 122 de 158

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 121) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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