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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 742
Artículo 742 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Así que no tienes que preocuparte por él, porque ya no es válido ni aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 742.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
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