Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/75
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 75
Artículo 75 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, está eliminado de la ley. Aparece solo para registro histórico, pero no tiene ningún efecto legal desde el 16 de mayo de 2016. Eso significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
Artículo 75. (Se deroga). Fe de erratas al artículo DOF 27-09-1933. Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO IV Jueces y secretarios
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.