Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/754
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 754
Artículo 754 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no se aplica. Fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo se "deroga", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Entonces, no necesitas preocuparte por lo que decía antes.
Texto oficial
Artículo 754.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.