Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/754
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
754

Artículo 754 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no se aplica. Fue eliminado oficialmente de la ley el 16 de mayo de 2016. Cuando un artículo se "deroga", significa que ya no tiene ningún efecto legal. Entonces, no necesitas preocuparte por lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 754.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 123) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.