- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 765
Artículo 765 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Lo mismo pasó con todo el capítulo que hablaba de cómo suspender los procedimientos legales. Como ya no está vigente, no tienes que preocuparte por lo que decía antes.
Texto oficial
Artículo 765.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO IV De la suspensión del procedimiento (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.