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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/767
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
767

Artículo 767 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde mayo de 2016, así que ya no tiene ningún efecto legal. En términos sencillos, ya no debes preocuparte por lo que decía ese artículo. Lo único que aplica es que fue cancelado oficialmente.

Texto oficial

Artículo 767.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 124) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.