- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 782
Artículo 782 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 782 ya no está vigente, es decir, ya no se aplica ni tiene ningún efecto legal desde el 16 de mayo de 2016, cuando fue cancelado oficialmente. En términos simples, puedes ignorar por completo este artículo porque fue eliminado de la ley como si nunca hubiera existido. Nada de lo que decía ese artículo tiene validez hoy en día para ningún trámite o situación legal. Si ves este número en algún documento antiguo, solo significa que esa regla ya no cuenta para nada.
Texto oficial
Artículo 782.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.