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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
835

Artículo 835 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice “derogado”, significa que ya no existe ni tiene validez, como si lo hubieran borrado. Así que no te preocupes por él, porque ya no aplica para nada. Solo quedó como un registro de que antes existía, pero ya no sirve.

Texto oficial

Artículo 835.- (Se deroga). CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 129 de 158 Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 128) ↗

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