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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/839
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
839

Artículo 839 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice "derogado" significa que ya no tiene efecto, como si se hubiera cancelado. Tanto el artículo como el capítulo completo sobre la "denegada apelación" ya no existen legalmente. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por entenderlo, porque ya no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 839.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO IV De la denegada apelación (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 129) ↗

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