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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 844
Artículo 844 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Lo que dice es que fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016, es decir, ya no tiene ningún efecto legal. Puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera existido. No te afecta ni te da ningún derecho u obligación.
Texto oficial
Artículo 844.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.