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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/850
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
850

Artículo 850 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente, como cuando se borra una regla. El 16 de mayo de 2016 se canceló por completo, así que ya no tienes que preocuparte por él. En pocas palabras, ya no aplica para nada ni para nadie.

Texto oficial

Artículo 850.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 29-06-2005. Derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 130) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.