Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/860
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 860
Artículo 860 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 16 de mayo de 2016. "Derogar" significa que se canceló oficialmente, como cuando borras una regla del libro. Desde esa fecha, nadie tiene que cumplir ni puede usar lo que decía ese artículo. En pocas palabras, es como si nunca hubiera existido después de esa fecha.
Texto oficial
Artículo 860.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.