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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 864
Artículo 864 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Antes existía una regla, pero después se hizo un cambio en 2014 y finalmente se eliminó por completo en 2016. Significa que ya no debes preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 864.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 13-06-2014. Derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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