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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 869
Artículo 869 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Se eliminó oficialmente del Código de Comercio desde el 29 de junio de 2005. "Derogar" significa que se canceló o borró la ley. Por lo tanto, no tienes que hacerle caso a este artículo.
Texto oficial
Artículo 869.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 29-06-2005
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