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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/908
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
908

Artículo 908 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez, como si lo hubieran borrado oficialmente. Desde el 16 de mayo de 2016, ya no existe ni se aplica.

Texto oficial

Artículo 908.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 133) ↗

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