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- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 917
Artículo 917 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 917 fue eliminado de la ley. Cuando un artículo se deroga, es como si ya no existiera. Esto pasó oficialmente el 16 de mayo de 2016, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 917.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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