Artículo 233 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes cosas grandes (como un coche o una máquina) que fueron parte de un delito, después de que las autoridades las revisen, tomen fotos o graben, pueden devolvértelas. Para eso, necesitas comprobar que eres el dueño o que las tenías legalmente. Pero si esas cosas se usaron para cometer el delito, ya no te las regresan. La devolución puede ser sin condiciones o con algunas reglas que te pongan.
Texto oficial
Artículo 233. Aseguramiento de objetos de gran tamaño Los objetos mencionados en el artículo precedente, después de que sean examinados, fotografiados, o videograbados podrán ser devueltos, con o sin reservas, al propietario, poseedor o al tenedor legítimo según el caso, previa demostración de la calidad invocada, siempre y cuando no hayan sido medios eficaces para la comisión del delito.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.