Artículo 258 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tanto la persona que demanda como la que es demandada pueden presentar pruebas, como documentos o testigos, para apoyar lo que están diciendo en el juicio. Esto significa que tienes derecho a mostrar evidencias que respalden tu versión de los hechos. Eso sí, tienes que seguir las reglas que marca este Código para que las pruebas sean aceptadas. Básicamente, la ley te da la oportunidad de demostrar que tienes la razón.
Texto oficial
Artículo 258. Derecho a ofrecer medios de prueba Las partes tendrán el derecho de ofrecer medios de prueba para sostener sus planteamientos en los términos previstos en este Código.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.