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Ley
CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales
Artículo
313

Artículo 313 del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un juez decide que sí hay pruebas suficientes para iniciar un juicio en tu contra (lo que se llama "auto de vinculación a proceso"), ese documento debe traer tu nombre completo y datos que te identifiquen, como tu edad o domicilio. También tiene que explicar por qué el juez considera que se cumplen todos los requisitos legales para abrir el proceso. Además, debe decir dónde y cuándo ocurrió el delito que te están acusando, y cómo pasaron las cosas. Básicamente, es un papel donde el juez te aclara de qué te acusan y por qué.

Texto oficial

Artículo 313. Contenido del auto de vinculación a proceso El auto de vinculación a proceso deberá contener: I. Los datos personales del imputado que permitan individualizar al sujeto. II. Los fundamentos y motivos por los cuales se estiman satisfechos los requisitos mencionados en el artículo anterior. III. El lugar, tiempo y circunstancias de ejecución del hecho que se imputa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Militar de Procedimientos Penales (pág. 94) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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