- Ley
- CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
- Artículo
- 133
Artículo 133 del CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo explica que, en los procesos legales, hay tres tipos de jueces que trabajan en diferentes momentos. El primero es el Juez de control, que se encarga del caso desde que empieza la investigación hasta que se decide si va a juicio. Después está el Tribunal de enjuiciamiento, que es el que lleva la audiencia del juicio y al final dice si eres culpable o no. Por último, está el Tribunal de alzada, que revisa las apelaciones y quejas sobre lo que ya se decidió. En pocas palabras, cada juez tiene su función en distintas etapas del proceso.
Texto oficial
Artículo 133. Competencia jurisdiccional Para los efectos de este Código, la competencia jurisdiccional comprende a los siguientes órganos: I. Juez de control, con competencia para ejercer las atribuciones que este Código le reconoce desde el inicio de la etapa de investigación hasta el dictado del auto de apertura a juicio; II. Tribunal de enjuiciamiento, que preside la audiencia de juicio y dictará la sentencia, y III. Tribunal de alzada, que conocerá de los medios de impugnación y demás asuntos que prevé este Código.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.