Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 12 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

En México está prohibido darle a cualquier persona un título de nobleza, como duque, conde o marqués, y tampoco se pueden crear privilegios o recompensas que pasen de padres a hijos automáticamente. Si otro país te otorga un título de esos o algún honor hereditario, aquí en México no vale ni se reconoce. Esto quiere decir que nadie puede tener derechos especiales solo por su apellido o herencia, como pasaba en la época de los reyes. La ley es clara: no hay distinciones por sangre ni títulos rimbombantes.

Texto oficial

Artículo 12. En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país. Artículo original DOF 05-02-1917 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 19 de 414

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.