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Artículo 38 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 38 dice que un ciudadano pierde temporalmente sus derechos (como votar o ser votado) en varias situaciones. Por ejemplo, si no cumples con obligaciones como votar o hacer el servicio militar sin una razón válida, te suspenden los derechos por un año, además de otras multas que te puedan poner. También te los suspenden si estás en la cárcel esperando un juicio por un delito grave, mientras cumplas una condena en prisión, o si te declaran vago o borracho frecuente según la ley. Además, pierdes tus derechos si te escondes de la justicia, desde que te giren orden de arresto hasta que el delito prescriba, o si un juez te condena a esa suspensión como castigo. Por último, si te declaran deudor alimentario moroso (que no pagas pensión) o te sentencian por delitos graves como violencia familiar o sexual, no puedes ser candidato a elecciones ni trabajar en el gobierno.

Texto oficial

Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley; II. Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión; III. Durante la extinción de una pena corporal; IV. Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes; CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 51 de 414 V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; Fracción reformada DOF 29-05-2023 VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, y Fracción reformada DOF 29-05-2023 VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa. En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público. Fracción adicionada DOF 29-05-2023 La ley fijará los casos en que se pierden, y los demás en que se suspenden los derechos de ciudadano, y la manera de hacer la rehabilitación. Título Segundo Capítulo I De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.