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Artículo 93 de la CONSTITUCIÓN Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando empiecen las sesiones normales del Congreso, los secretarios de Estado (como los ministros) deben informar al Congreso cómo está su área de trabajo. El Congreso o cualquiera de sus cámaras (diputados o senadores) puede llamar a los secretarios, directores de empresas del gobierno o jefes de organismos autónomos (como el INE) para que pregunten sobre leyes o temas de su área; ellos tienen que responder bajo protesta de decir verdad. Si al menos una cuarta parte de los diputados o la mitad de los senadores lo pide, pueden formar comisiones para investigar cómo funcionan esas dependencias o empresas del gobierno, y los resultados se le informan al presidente. Además, el Congreso puede pedir información por escrito a cualquier funcionario federal, y este tiene un plazo de 15 días naturales para contestar. Todo esto se hace siguiendo las reglas del Congreso y sus leyes internas.

Texto oficial

Artículo 93.- Los Secretarios del Despacho, luego que esté abierto el periodo de sesiones ordinarias, darán cuenta al Congreso del estado que guarden sus respectivos ramos. Párrafo reformado DOF 02-08-2007 Cualquiera de las Cámaras podrá convocar a los Secretarios de Estado, a los directores y administradores de las entidades paraestatales, así como a los titulares de los órganos autónomos, para que informen bajo protesta de decir verdad, cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a sus respectivos ramos o actividades o para que respondan a interpelaciones o preguntas. Párrafo reformado DOF 31-12-1994, 02-08-2007, 15-08-2008, 10-02-2014 Las Cámaras, a pedido de una cuarta parte de sus miembros, tratándose de los diputados, y de la mitad, si se trata de los Senadores, tienen la facultad de integrar comisiones para investigar el funcionamiento de dichos organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria. Los resultados de las investigaciones se harán del conocimiento del Ejecutivo Federal. Párrafo adicionado DOF 06-12-1977 Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción. Párrafo adicionado DOF 15-08-2008 El ejercicio de estas atribuciones se realizará de conformidad con la Ley del Congreso y sus reglamentos. Párrafo adicionado DOF 15-08-2008 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 02-06-2026 93 de 414 Artículo reformado DOF 31-01-1974 Capítulo IV Del Poder Judicial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 92) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.