- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 148 Quáter
Artículo 148 Quáter del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te amenaza con cometer un ataque terrorista (como usar explosivos, armas o sustancias peligrosas para causar miedo o daño), puede ir a la cárcel de 6 a 12 años y pagar una multa de entre 200 y 600 días de salario mínimo. Esto aplica aunque la amenaza sea nada más verbal y no se haya concretado el ataque.
Texto oficial
Artículo 148 Quáter.- Se aplicará pena de seis a doce años de prisión y de doscientos a seiscientos días multa al que amenace con cometer el delito de terrorismo a que se refieren las fracciones I a III del
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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