- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 183
Artículo 183 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando las autoridades tienen derecho a usar la fuerza o presión para que cumplas una orden, no te pueden acusar de desobediencia hasta que hayan probado todas las formas posibles de obligarte. Es decir, primero deben tratar de convencerte, multarte o aplicar otras medidas antes de considerar que te negaste a obedecer. Si no agotan esos pasos, legalmente no cometiste el delito de desobediencia. Esto aplica también cuando alguien se opone a que se realice una obra o trabajo público.
Texto oficial
Artículo 183.- Cuando la ley autorice el empleo del apremio para hacer efectivas las determinaciones de la autoridad, sólo se consumará el delito de desobediencia cuando se hubieren agotado los medios de apremio. CAPITULO II Oposición a que se ejecute alguna obra o trabajo públicos
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