- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 185
Artículo 185 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un grupo de personas se ponen de acuerdo para impedir que se realice una obra o trabajo del gobierno (como construir una calle o dar un servicio público) que fue autorizado legalmente, pueden ir a la cárcel de 3 meses a 1 año si solo se oponen sin usar violencia. Si usan violencia, como golpes o destrozos, el castigo puede ser hasta de 2 años de prisión. Esto aplica cuando la autoridad competente ya dio permiso para hacer el trabajo. En pocas palabras, no puedes organizarte con otros para detener obras públicas por la fuerza o a la mala.
Texto oficial
Artículo 185.- Cuando varias personas de común acuerdo procuren impedir la ejecución de una obra o trabajos públicos, o la de los destinados a la prestación de un servicio público, mandados a hacer con los requisitos legales por autoridad competente, o con su autorización, serán castigadas con tres meses a un año de prisión, si sólo se hiciere una simple oposición material sin violencia. En caso de existir violencia, la pena será hasta de dos años. Artículo reformado DOF 30-12-1991, 13-05-1996
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.