- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 266 Ter
Artículo 266 Ter del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 266 Ter dice que los castigos por ciertos delitos (los que mencionan los artículos 261, 262 y 266) nunca se cancelan ni se olvidan con el paso del tiempo. Esto significa que, aunque pasen muchos años, las autoridades siempre pueden aplicar la sanción, sin importar cuándo se cometió el delito. En México, esto aplica a delitos graves, donde no hay una fecha de caducidad para que se haga justicia.
Texto oficial
Artículo 266 Ter. Serán imprescriptibles las sanciones señaladas en los artículos 261, 262 y 266 de este Código. Artículo adicionado DOF 18-10-2023 CAPITULO II Denominación del Capítulo derogada DOF 21-01-1991
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.