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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
297

Artículo 297 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien resulta herido en una pelea o duelo, las penas por causar esas lesiones pueden reducirse, dependiendo de quién provocó la pelea. Por ejemplo, si tú fuiste la víctima de la provocación, tu castigo podría bajar hasta la mitad de lo normal. En cambio, si fuiste el que provocó la pelea, la reducción puede ser hasta de cinco sextos (es decir, casi toda la pena). El juez también va a tomar en cuenta qué tan grave fue la provocación y lo que dicen los artículos 51 y 52 del código.

Texto oficial

Artículo 297.- Si las lesiones fueren inferidas en riña o en duelo, las sanciones señaladas en los artículos que anteceden podrán disminuirse hasta la mitad o hasta los cinco sextos, según que se trate del provocado o del provocador, y teniendo en cuenta la mayor o menor importancia de la provocación y lo dispuesto en los artículos 51 y 52. Artículo reformado DOF 15-01-1951

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 109) ↗

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