- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 297
Artículo 297 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien resulta herido en una pelea o duelo, las penas por causar esas lesiones pueden reducirse, dependiendo de quién provocó la pelea. Por ejemplo, si tú fuiste la víctima de la provocación, tu castigo podría bajar hasta la mitad de lo normal. En cambio, si fuiste el que provocó la pelea, la reducción puede ser hasta de cinco sextos (es decir, casi toda la pena). El juez también va a tomar en cuenta qué tan grave fue la provocación y lo que dicen los artículos 51 y 52 del código.
Texto oficial
Artículo 297.- Si las lesiones fueren inferidas en riña o en duelo, las sanciones señaladas en los artículos que anteceden podrán disminuirse hasta la mitad o hasta los cinco sextos, según que se trate del provocado o del provocador, y teniendo en cuenta la mayor o menor importancia de la provocación y lo dispuesto en los artículos 51 y 52. Artículo reformado DOF 15-01-1951
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.