- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 351
Artículo 351 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, está derogado, lo que significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Como está en blanco, no hay nada que explicar ni aplicar. Si antes había una regla ahí, ya no vale y no te afecta de ninguna forma. Así que no te preocupes por este artículo, no tienes que hacer ni saber nada al respecto.
Texto oficial
Artículo 351.- (Se deroga). CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 118 de 353 Artículo derogado DOF 13-04-2007
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.