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Artículo 78 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 78 fue eliminado del Código Penal Federal desde el 23 de diciembre de 1985. Cuando una ley se deroga, significa que ya no tiene validez ni se aplica. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni cumplir en este artículo porque ya no existe como regla. Solo debes saber que antes hablaba sobre el trabajo de las personas presas, pero fue retirado por completo.

Texto oficial

Artículo 78.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 23-12-1985 CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 25 de 353 CAPITULO II Trabajo de los presos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.