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Artículo 4 del Código Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las reglas sobre la familia que vienen en este Código son obligatorias para todos y buscan proteger cómo se organiza la familia y cómo cada uno de sus miembros puede crecer y desarrollarse bien, siempre con respeto a su dignidad, libertad, igualdad entre hombres y mujeres y que todos compartan las responsabilidades. Las relaciones legales entre familiares son los derechos, deberes y obligaciones que tienen entre sí las personas que forman parte de un grupo familiar, ya sea porque están casadas, viven en concubinato o son parientes. Todos los miembros de la familia deben tratarse con consideración, apoyarse mutuamente y respetarse en su día a día. En pocas palabras, la ley dice que la familia debe ser un espacio donde todos se respeten, se ayuden y tengan los mismos derechos y obligaciones.

Texto oficial

Artículo 4.1.- Las disposiciones de este Código que se refieran a la familia, son de orden público e interés social y tienen por objeto proteger su organización y el desarrollo integral de sus miembros, basados en el respeto a su dignidad, libertad, la equidad de género y la corresponsabilidad familiar. Las relaciones jurídicas familiares constituyen el conjunto de deberes, derechos y obligaciones de las personas integrantes del grupo familiar, derivado de lazos de matrimonio, concubinato o parentesco. Es deber de los miembros de la familia observar entre ellos consideración, solidaridad y respeto recíprocos en el desarrollo de las relaciones familiares. CAPÍTULO I BIS DE LOS REQUISITOS PARA CONTRAER MATRIMONIO Concepto de matrimonio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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