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Artículo 7 del Código Civil del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una obligación es como un acuerdo entre dos personas: una que tiene el derecho de pedir (el acreedor) y otra que debe cumplir (el deudor). El acreedor puede exigirle al deudor que le entregue algo, que realice una acción o que deje de hacer algo que no debe. En México, las obligaciones se clasifican según lo que se debe hacer: dar (por ejemplo, entregar un coche), hacer (como pintar una casa) o no hacer (como no tocar música después de cierta hora). Esto aplica en contratos, deudas o acuerdos cotidianos.

Texto oficial

Artículo 7.1.- Obligación es la relación que se establece entre acreedor y deudor, con facultad el primero de exigir al segundo, el cumplimiento de una prestación de dar, hacer o no hacer. Clases de obligaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 165) ↗

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