Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/171
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 171
Artículo 171 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 171 fue eliminado de la ley, ya no existe ni se aplica. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo se quitó oficialmente y no tienes que preocuparte por cumplirlo. En pocas palabras, ya no hay ninguna regla que seguir respecto a ese artículo.
Texto oficial
Artículo 171.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.