Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/184
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 184
Artículo 184 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que fue eliminado o ya no tiene efecto legal. Por lo tanto, no debes considerar lo que decía antes, porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 184.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.