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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/220
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
220

Artículo 220 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" significa que ya no tiene ningún efecto legal, como si lo hubieran borrado. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía.

Texto oficial

Artículo 220.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 33) ↗

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