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Artículo 294 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, así que ya no tiene ningún efecto. Cuando una ley dice "Derogado", significa que ese artículo ya no existe y no se aplica para nada. Es como si lo hubieran borrado del código. No debes preocuparte por él porque no te obliga ni te da derechos.

Texto oficial

Artículo 294.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.